Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 6 de diciembre de 2016 — Novomatic/EUIPO
(Asunto C‑342/16P)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Marca de la Unión Europea— Marca figurativa que contiene los elementos denominativos “HOT JOKER”— Oposición del titular de la marca figurativa que contiene los elementos denominativos “joker +”— Denegación de registro»
1.Recurso de casación— Motivos— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General— Exclusión salvo en caso de desnaturalización
(Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véanse los apartados 4 y5)
2.Recurso de casación— Motivos— Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General— No determinación del error de Derecho invocado— Inadmisibilidad
(Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véanse los apartados 4 y5)
3.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad
(Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véase el apartado4)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Novomatic AG cargará con sus propias costas. |