(Asunto T‑744/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑744/15

Fecha: 13-Dic-2016





Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 13 de diciembre de 2016 —Puro Italian Style/EUIPO (smartline)

(Asunto T744/15)

«Marca de la Unión Europea— Solicitud de marca figurativa de la Unión smartline— Motivo de denegación absoluto— Falta de carácter distintivo— Artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.o207/2009»

1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Concepto— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 20 y21)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Marcas constituidas por eslóganes publicitarios— Carácter distintivo— Aplicación de criterios de apreciación específicos— Improcedencia

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 22 y23)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Marcas constituidas por eslóganes publicitarios— Fórmula promocional de carácter elogioso— Marca figurativa smartline

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 24 a 26, 28 a 33 y37)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 7 de octubre de 2015 (asunto R2258/2014‑1), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo smartline como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Puro Italian Style SpA cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).

Vista, DOCUMENTO COMPLETO