Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 13 de diciembre de 2016 — European Dynamics Luxembourg y Evropaïki Dynamiki/Comisión
(Asunto T‑764/14)
«Contratos públicos de servicios— Procedimiento de licitación— Asistencia técnica, desarrollo y aplicación de un régimen de tránsito aduanero de la ASEAN (ACTS)— Desestimación de la oferta de un licitador— Adjudicación del contrato a otro licitador— Criterios de selección— Criterios de adjudicación— Obligación de motivación— Error manifiesto de apreciación— Igualdad de trato— Transparencia»
1.Procedimiento judicial— Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso— Requisitos— Motivo basado en elementos que han aparecido durante el procedimiento— Datos descubiertos tras la notificación de documentos aportados en el marco de una diligencia de prueba— Admisibilidad
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.84, ap.1)
(véanse los apartados 46 a49)
2.Procedimiento judicial— Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso— Requisitos— Ampliación de un motivo existente— Admisibilidad
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.84, ap.1)
(véase el apartado52)
3.Contratos públicos de la Unión Europea— Celebración de un contrato mediante licitación— Criterios de selección— Capacidad de los candidatos para prestar los servicios especificados— Criterios de adjudicación— Características y méritos particulares de las ofertas individuales— Aptitud de los candidatos para ejecutar un contrato durante la fase de adjudicación del contrato— Improcedencia— Experiencia profesional de los miembros del equipo de un licitador— Procedencia
[Reglamento (UE, Euratom) n.o966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.110, ap.1; Reglamento Delegado (UE) n.o1268/2012 de la Comisión, arts.148 y149]
(véanse los apartados 54 a60)
4.Contratos públicos de la Unión Europea— Celebración de un contrato mediante licitación— Facultad de apreciación de las instituciones— Control jurisdiccional— Límites
(véanse los apartados 92 y161)
5.Recurso de anulación— Motivos— Falta de motivación o motivación insuficiente— Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo
(Arts.263TFUE y 296TFUE)
(véase el apartado94)
6.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de descartar una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios— Obligación que recae sobre el poder adjudicador de comunicar, como consecuencia de una solicitud por escrito, las características y las ventajas relativas de la oferta seleccionada y el nombre del adjudicatario— Obligación de proporcionar un resumen pormenorizado de la consideración de cada detalle de la oferta desestimada en concepto de evaluación u obligación de presentar un análisis comparativo minucioso de la oferta seleccionada y de la oferta del licitador descartado— Inexistencia
[Art.296TFUE; Reglamento (UE, Euratom) n.o966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.113, ap.2; Reglamento Delegado (UE) n.o1268/2012 de la Comisión, art.161]
(véanse los apartados 95 a 102, 131, 132 y135)
7.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de desestimar una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios— Desestimación basada en el incumplimiento por la oferta de uno de los criterios de adjudicación— Inexistencia de comunicación por parte del poder adjudicador al licitador descartado de la clasificación detallada, por cada criterio de adjudicación, del licitador seleccionado— Procedencia
[Art.296TFUE; Reglamento (UE, Euratom) n.o966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.113, ap.2; Reglamento Delegado (UE) n.o1268/2012 de la Comisión, art.161]
(véanse los apartados 99, 100, 106, 107, 110 y111)
8.Contratos públicos de la Unión Europea— Procedimiento de licitación— Obligación de respetar el principio de igualdad de trato de los licitadores— Necesidad de garantizar la igualdad de oportunidades y de atenerse al principio de transparencia— Alcance
[Reglamento (UE, Euratom) n.o966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.102, ap.1]
(véanse los apartados 256 a 261 y282)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263TFUE mediante el que se solicita la anulación de la Decisión de la Comisión de 5 de septiembre de 2014 por la que se desestima la oferta presentada por las demandantes en el procedimiento de licitación restringido EuropAid/135040/C/SER/MULTI, relativo al desarrollo de un sistema piloto y automatizado de gestión del tránsito aduanero de la ASEAN (ASEAN Customs Transit Systrem), y se adjudica el contrato a otro licitador. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a European Dynamics Luxembourg SA y a Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai TilematikisAE. |