(Asunto C‑268/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑268/14

Fecha: 10-Mar-2016





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de marzo de 2016 — Italmobiliare/Comisión

(Asunto C‑268/14P)(1)

«Recurso de casación— Competencia— Mercado del “cemento y productos relacionados”— Procedimiento administrativo— Reglamento (CE) n.º1/2003— Artículo 18, apartados 1 y3— Decisión de requerimiento de información— Motivación— Precisión del requerimiento»

1.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente o contradictoria— Admisibilidad (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado17)

2.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Apreciación de la obligación de motivación en función de las circunstancias del asunto— Necesidad de especificar todas las circunstancias de hecho y de Derecho pertinentes— Inexistencia (Art.296TFUE) (véase el apartado18)

3.Competencia— Procedimiento administrativo— Requerimiento de información— Obligación de motivación— Alcance [Art.296TFUE, párr.2; Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18, ap.3] (véanse los apartados 19, 21 a 23, 26 y 39 a41)

Fallo

1)

Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 14 de marzo de 2014, Italmobiliare/Comisión (T‑305/11, EU:T:2014:126).

2)

Anular la Decisión C(2011)2364 final de la Comisión de 30 de marzo de 2011, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 18, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo (asunto 39520 — Cemento y productos relacionados).

3)

Condenar a la Comisión Europea a cargar con sus propias costas y con las de Italmobiliare SpA en el procedimiento de primera instancia en el asunto T‑305/11 y en el procedimiento de casación.


1DO C282 de 25.8.2014.

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