Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 14 de abril de 2016 — Netherlands Maritime Technology Association
(Asunto C‑100/15P)(1)
«Recurso de casación— Ayudas de Estado— Sistema de amortización anticipada del coste de determinados activos adquiridos mediante arrendamiento financiero— Decisión por la que se declara la inexistencia de ayuda de Estado— No incoación del procedimiento de investigación formal— Carácter insuficiente e incompleto del examen— Obligación de motivación— Selectividad»
1.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Requisitos (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53) (véanse los apartados 50 y60)
2.Recurso de anulación— Competencia del juez de la Unión— Interpretación de la motivación de un acto administrativo— Límites (Arts.263TFUE y 264TFUE) (véase el apartado57)
3.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Carácter selectivo de la medida— Excepción al sistema tributario general— Justificación basada en la naturaleza y en la estructura del sistema— Alcance del control del Tribunal General (Art.107TFUE, ap.1) (véase el apartado79)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Netherlands Maritime Technology Association cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |
3) |
| El Reino de España cargará con sus propias costas. |
1DO C127 de 20.4.2015.