Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 14 de abril de 2016 — KS Sports/EUIPO
(Asunto C‑480/15P)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Marca de la Unión Europea— Reglamento (CE) n.º207/2009— Solicitud de registro de la marca denominativaALEX— Oposición del titular de las marcas nacionales denominativas ALEX y de la marca nacional figurativa que incluye el elemento denominativo “ALEX”— Desestimación de la oposición— Artículo75— Derecho a ser oído— Obligación de motivación— Artículo8, apartado1, letrab)— Riesgo de confusión— Similitud entre los productos»
1.Recurso de casación— Motivos— Impugnación de la resolución recurrida ante el Tribunal General y no de la sentencia dictada poréste— Inadmisibilidad (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado31)
2.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones— Artículo 75, primera frase, del Reglamento n.º207/2009— Alcance idéntico al del artículo 296TFUE [Art.296TFUE; Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.75, primera frase] (véase el apartado32)
3.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Legalidad— Práctica decisoria anterior de la Oficina (véanse los apartados 36 y37)
4.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Requisitos (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53, párr.1) (véase el apartado41)
5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado69)
6.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 73 y75)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| KS Sports IPCo GmbH cargará con sus propias costas. |