(Asunto T‑198/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑198/14

Fecha: 19-Abr-2016





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 19 de abril de 2016 — 100%Capri Italia/EUIPO — IN.PRO.DI (100% Capri)

(Asunto T‑198/14)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la Unión 100% Capri— Marca figurativa anterior de la Unión CAPRI— Motivo de denegación relativo— Carácter distintivo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009»

1.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Nuevo examen de los hechos a la luz de pruebas presentadas por primera vez anteél— Exclusión [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, arts.65, ap.2, y 76, aps.1 y2] (véanse los apartados 29, 30 y33)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 38 y119)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas figurativas 100% Capri y CAPRI [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 41, 63, 76, 82, 90, 115, 120 y121)

4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Carácter complementario de los productos o de los servicios [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 48, 49 y 55 a57)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 68 y89)

6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Similitud entre las marcas de que se trata— Apreciación del carácter distintivo de un elemento de una marca [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado74)

7.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros— Relevancia [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo](véase el apartado79)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 10 de enero de 2014 (asunto R2122/2012‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre Inghirami produzione distribuzione SpA (IN.PRO.DI) y 100% Capri ItaliaSrl.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a 100% Capri ItaliaSrl.

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