Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 26 de abril de 2016 — Franmax/EUIPO — Ehrmann (Dino)
(Asunto T‑21/15)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la UniónDino— Marca figurativa anterior de la Unión que representa un dinosaurio— Motivo de denegación relativo— Artículo 8, apartado1, letrab), del Reglamento»
1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 19 y83)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa Dino y marca figurativa que representa un dinosaurio [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 20, 59, 79 y86)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación— Carácter complementario de los productos o de los servicios [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 21 y22)
4.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Legalidad— Examen por el juez de la Unión— Criterios [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo] (véanse los apartados 32, 40 y74)
5.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Principio de igualdad de trato— Principio de buena administración— Práctica decisoria anterior de la Oficina— Principio de legalidad— Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo](véase el apartado33)
6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 60 y72)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de octubre de 2014 (asunto R2012/2013‑5) relativa a un procedimiento de oposición entre Ehrmann AG Oberschönegg im Allgäu y FranmaxUAB. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a FranmaxUAB. |