(Asunto T‑267/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑267/14

Fecha: 28-Abr-2016





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 28 de abril de 2016 — ZehnderGroup International/EUIPO — Stiebel Eltron (comfotherm)

(Asunto T‑267/14)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de nulidad— Marca denominativa de la Unión comfotherm— Marca nacional denominativa anterior KOMFOTHERM— Motivo de denegación relativo— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009— Riesgo de confusión— Similitud entre los productos— Público pertinente— Interdependencia de los criterios»

1.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad relativa— Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, arts.8, ap.1, letrab), y 53, ap.1, letraa)] (véanse los apartados 22, 68 y69)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Determinación del público pertinente— Nivel de atención del público [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 24, 25, 43 y44)

3.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad relativa— Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas denominativas comfotherm y KOMFOTHERM [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, arts.8, ap.1, letrab), y 53, ap.1, letraa)] (véanse los apartados 26, 39, 45, 52, 66 y71)

4.Marca de la Unión Europea— Presentación de la solicitud de marca de la Unión— Identificación de los productos o servicios a que se refiere la marca— Exigencias de claridad y de precisión— Determinación, por parte de las autoridades competentes y los operadores económicos, del alcance de la protección que confiere la marca [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.26, ap.1, letrac); Reglamento (CE) n.º2868/95 de la Comisión, art.1, regla2, ap.2] (véase el apartado34)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 50, 55 y63)

6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Superposición de dos categorías de productos o servicios con destinos diferentes [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado57)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de febrero de 2014 (asunto R1318/2013‑4) relativa a un procedimiento de nulidad entre Stiebel Eltron GmbH & Co. KG y Zehnder Group InternationalAG.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Zehnder Group InternationalAG.

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