(Asunto C‑358/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑358/15

Fecha: 12-May-2016





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 12 de mayo de 2016— Bank of Industry and Mine/Consejo

(Asunto C‑358/15P)(1)

«Recurso de casación— Medidas restrictivas adoptadas contra Irán— Lista de las personas y entidades a las que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos— Reglamento de Ejecución (UE) n.º945/2012— Base jurídica— Criterio del apoyo material, logístico o financiero al Gobierno de Irán— Parte de los beneficios de una sociedad estatal transferida al Estado iraní»

1.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Irán— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma— Facultad de apreciación del Consejo, en materia de medidas restrictivas fundadas en el artículo 215TFUE, para recurrir al procedimiento establecido en el artículo 291TFUE, apartado 2— Requisitos (Arts.215TFUE y 291TFUE, ap.2) (véanse los apartados 31 y32)

2.Actos de las instituciones— Reglamentos— Reglamento sobre la adopción de medidas restrictivas contra Irán— Competencias de ejecución que se ha reservado el Consejo— Procedencia— Requisitos— Casos específicos y motivados [Arts.215TFUE y 291TFUE, ap.2; Decisión 2010/413/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.º267/2012 del Consejo, art.23, aps.2 y 3] (véanse los apartados 34 a38)

3.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Irán— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma— Medidas adoptadas en virtud de la facultad de ejecución— Interpretación del acto de ejecución de conformidad con el acto de base— Consideración del contexto de la normativa de que se trata [Art.215TFUE, ap.2; Decisiones del Consejo 2010/413/PESC, art.20, ap.1, letrac), y 2012/35/PESC, considerando 13; Reglamento (UE) n.º267/2012 del Consejo, art.23, ap.2, letrad)] (véanse los apartados 50 a52)

4.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Irán— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma— Restricción del derecho de propiedad— Violación del principio de proporcionalidad— Inexistencia [Decisiones del Consejo 2010/413/PESC, 2012/35/PESC y 2012/635/PESC; Reglamento (UE) n.º267/2012 del Consejo] (véanse los apartados 55 a57)

5.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Medidas restrictivas contra Irán— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma— Decisión que se inscribe en un contexto conocido por el interesado, que le permite comprender el alcance de la medida adoptada respecto aél— Procedencia de una motivación sucinta [Art.296TFUE, párr.2; Decisión 2012/635/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.º945/2012 del Consejo] (véase el apartado63)

6.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Irán— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma— Apoyo financiero al Gobierno de Irán— Concepto— Desembolsos efectuados por una entidad pública iraní al Gobierno de Irán en aplicación de una normativa estatal— Inclusión— Calificación de las sumas desembolsadas como impuesto o dividendo— Irrelevancia [Decisión 2010/413/PESC del Consejo, art.20, ap.1, letrac); Reglamento n.º267/2012 del Consejo, art.23, ap.2, letrad)] (véanse los apartados 80 y81)

7.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad (Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado91)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Bank of Industry and Mine y el Consejo de la Unión Europea cargarán, cada uno de ellos, con sus propias costas.


1DO C294 de 7.9.2015.

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