Asunto C‑267/15
Gemeente Woerden
contra
Staatssecretaris van Financiën
(Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden)
«Procedimiento prejudicial— Impuesto sobre el valor añadido— Impuesto soportado— Deducción»
Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima)
de 22 de junio de2016
Armonización de las legislaciones fiscales— Sistema común del impuesto sobre el valor añadido— Deducción del impuesto soportado— Nacimiento y alcance del derecho a la deducción— Sujeto pasivo que hizo construir un edificio y que lo vendió por un precio inferior a su coste de construcción— Derecho a la deducción de la totalidad del impuesto sobre el valor añadido— Adquirente que cedió gratuitamente el uso de una parte de dicho edificio a un tercero— Irrelevancia
(Directiva 2006/112 del Consejo)
La Directiva 2006/112, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que, en una situación en la cual el sujeto pasivo hizo construir un edificio y lo vendió por un precio inferior a su coste de construcción, este sujeto pasivo tiene derecho a la deducción de la totalidad del impuesto sobre el valor añadido que pagó por la construcción de ese edificio y no sólo a una deducción parcial de este impuesto en proporción a las partes de dicho edificio que el adquirente del mismo destine a actividades económicas. El hecho de que ese adquirente ceda gratuitamente el uso de una parte del edificio en cuestión a un tercero carece por completo de incidencia a este respecto.
(véanse el apartado 42 y el fallo)