Asunto F‑138/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto F‑138/14

Fecha: 20-Jul-2016

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Segunda)

de 20 de julio de 2016

Asunto F‑138/14

Rosalba Polizzi

contra

Comisión Europea

«Función pública— Funcionarios— Pensiones— Transferencia de los derechos de pensión nacionales— Propuesta de bonificación de anualidades— Acto no lesivo— Inadmisibilidad del recurso— Solicitud de resolver sin entrar en el fondo— Artículo 83 del Reglamento de Procedimiento»

Objeto:Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270TFUE, aplicable al Tratado CEEA en virtud de su artículo 106bis, con el que la Sra.Rosalba Polizzi solicita la anulación de la decisión de la Comisión Europea de 17 de febrero de 2014 que fijó, a su petición, el número de anualidades de bonificación en el régimen de pensiones de la Unión resultante de la transferencia de los derechos de pensión que había adquirido en el régimen nacional de pensiones antes de entrar al servicio de la Comisión.

Resultado:Se declara inadmisible el recurso. La Sra.Rosalba Polizzi cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

Sumario

Recursos de funcionarios— Acto lesivo— Concepto— Propuesta de bonificación de anualidades con vistas a la transferencia al régimen de la Unión de los derechos de pensión adquiridos antes de entrar al servicio de la Unión— Exclusión

(Estatuto de los Funcionarios, art.91, ap.1, y anexoVIII, art.11, ap.2)

Una propuesta de bonificación de anualidades comunicada a un funcionario con vistas a la transferencia al régimen de pensiones de la Unión de los derechos de pensión adquiridos en otro régimen no produce efectos jurídicos obligatorios que afecten directa e inmediatamente a la situación jurídica de su destinatario, modificándola de forma manifiesta, y no se puede calificar como acto lesivo previsto en el artículo 91, apartado 1, del Estatuto.

(véase el apartado 16)

Referencia:

Tribunal General: sentencias de 13 de octubre de 2015, Comisión/Verile y Gjergji, T‑104/14P, EU:T:2015:776, apartado 73; Comisión/Cocchi y Falcione, T‑103/13P, EU:T:2015:777, apartado 65, y Teughels/Comisión, T‑131/14P, EU:T:2015:778, apartado69

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