(Asunto T‑355/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑355/15

Fecha: 30-Sep-2016





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima)
de 30 de septiembre de 2016 — Alpex Pharma/EUIPO — Astex Pharmaceuticals (ASTEX)

(Asunto T‑355/15)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca denominativa de la Unión ASTEX— Marca denominativa anterior de la Unión ALPEX— Falta de uso efectivo de la marca anterior— Artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º207/2009— Artículo 75 del Reglamento n.º207/2009— Artículo 76, apartado 1, del Reglamento n.º207/2009»

1.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Modificación de los términos del litigio tal como se planteó ante la Sala de Recurso— Improcedencia [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.65; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.188] (véase el apartado15)

2.Marca de la Unión Europea— Observaciones de terceros y oposición— Examen de la oposición— Prueba del uso de la marca anterior— Uso efectivo— Concepto— Interpretación habida cuenta de la ratio legis del artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.º207/2009 [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.42, aps.2 y3; Reglamento (CE) n.º2868/95 de la Comisión, art.1, Regla 22, ap.3] (véase el apartado23)

3.Marca de la Unión Europea— Observaciones de terceros y oposición— Examen de la oposición— Prueba del uso de la marca anterior— Uso efectivo— Concepto— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.42, aps.2 y3; Reglamento (CE) n.º2868/95 de la Comisión, art.1, Regla 22, ap.3](véanse los apartados 25 a28)

4.Marca de la Unión Europea— Observaciones de terceros y oposición— Examen de la oposición— Prueba del uso de la marca anterior— Uso efectivo— Criterios de apreciación— Exigencia de elementos de prueba concretos y objetivos [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.42, aps.2 y3] (véanse los apartados 29 y30)

5.Marca de la Unión Europea— Observaciones de terceros y oposición— Examen de la oposición— Prueba del uso de la marca anterior— Uso efectivo— Empleo de la marca en una forma que difiere en elementos que no alteran el carácter distintivo de la marca— Objeto y ámbito de aplicación material del artículo 15, apartado 1, letraa), del Reglamento (CE) n.º207/2009 [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, arts.15, ap.1, párr.2, letraa), y 42, aps.2 y3] (véase el apartado31)

6.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones— Artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) n.º207/2009— Alcance idéntico al del artículo 296TFUE [Art.296TFUE; Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.75, primera frase] (véase el apartado45)

7.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Examen de oficio de los hechos— Deber de diligencia [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.76, ap.1] (véase el apartado51)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 28 de abril de 2015 (asunto R593/2014‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre Alpex Pharma y Astex Pharmaceuticals.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Alpex PharmaSA.

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