(Asunto C‑280/16
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑280/16

Fecha: 12-Ene-2017





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 12 de enero de 2017 — Amrita y otros/Comisión

(Asunto C280/16P)(1)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Protección sanitaria de los vegetales— Directiva 2000/29/CE— Protección contra la introducción y la propagación en la Unión Europea de organismos nocivos para los vegetales o para los productos vegetales— Decisión de Ejecución (UE) 2015/789— Medidas para evitar la introducción y propagación en la Unión de Xylella fastidiosa (Wells y Raju)— Recurso de anulación— Artículo 263TFUE, párrafo cuarto— Acto reglamentario— Medidas de ejecución— Persona individualmente afectada»

1.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos reglamentarios que incluyen medidas de ejecución— Concepto— Decisión de la Comisión sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión de la bacteria Xylella fastidiosa— Inclusión

[Art.263TFUE, párr.4; Decisión de Ejecución (UE) 2015/789 de la Comisión, arts.4 a7]

(véanse los apartados 36 a54)

2.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos reglamentarios que incluyen medidas de ejecución— Recursos judiciales disponibles contra esos actos— Requisitos exigidos para utilizar la vía de la excepción de ilegalidad o de la cuestión prejudicial de apreciación de validez

(Art.267TFUE)

(véase el apartado55)

3.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Afectación individual— Criterios— Decisión de la Comisión sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión de la bacteria Xylella fastidiosa— Recurso de empresas oleícolas que forman parte del conjunto de operadores contemplados en la Decisión, pero no quedan individualizadas a causa de la aplicación a las mismas de las disposiciones controvertidas— Inexistencia de afectación individual

[Art.263TFUE, párr.4; Decisión de Ejecución (UE) 2015/789 de la Comisión]

(véanse los apartados 62 a 65, 67 y68)

4.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Requisitos de carácter acumulativo— Inadmisibilidad del recurso en caso de incumplimiento de uno solo de estos requisitos

(Art.263TFUE, párr.4)

(véase el apartado66)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a Amrita Soc. coop. arl, Dei Agre di Cesi Marta, Comune agricola Lunella Soc. mutua coop. arl, Azienda agricola Rollo Olga, Azienda agricola Borrello Claudia, Società agricola Merico Maria Rosa SNC, Azienda agricola di Marzo Luigi, Azienda agricola Stasi Anna Maria, Azienda agricola Crie di Miggiano Gianluigi, Azienda agricola di Castriota Maria Grazia, Azienda agricola di Cagnoni Fiorella, Azienda agricola Spirdo ss agr., Impresa Agricola Stamerra Stefania, Azienda agricola Clemente Pezzuto di Pezzuto Francesco, Azienda agricola di Simone Cosimo Antonio y Masseria Alti Pareti Soc. agr.arl.


1DO C260 de 18.7.2016.

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