(Asunto T‑119/16
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑119/16

Fecha: 26-Ene-2017





Auto del Tribunal General (Sala Novena) de 26 de enero de 2017 — Topera/EUIPO (RHYTHMVIEW)

(Asunto T‑119/16)

«Marca de la Unión Europea— Solicitud de marca denominativa de la Unión RHYTHMVIEW— Motivos de denegación absolutos— Falta de carácter distintivo— Carácter descriptivo— Artículo 7, apartado 1, letrasb) yc), y artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o207/2009— Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»

1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véanse los apartados 16 a18)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto— Neologismo compuesto por elementos descriptivos de características de los productos o servicios de que se trata— Inclusión a falta de carácter inusual de la combinación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véase el apartado19)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Marca denominativa RHYTHMVIEW

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véanse los apartados 24 a 26 y 28 a32)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 12 de enero de 2016 (asunto R1368/2015‑4), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo RHYTHMVIEW como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Topera,Inc.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO