(Asunto C‑224/17
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑224/17

Fecha: 19-Oct-2017





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 19 de octubre de 2017 —
Hernández Zamora/EUIPO

(Asunto C224/17P)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Marca de la Unión Europea— Solicitud de registro de la marca denominativa Paloma— Marca figurativa anterior Paloma— Procedimiento de oposición— Reglamento (CE) n.º207/2009— Artículo 8, apartado 1, letrab)— Riesgo de confusión— Principio de interdependencia— Similitud entre las marcas— Inexistencia»

1.Recurso de casación— Motivos— Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General— No determinación del error de Derecho invocado— Inadmisibilidad

[Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.168, ap.1, letrad), y 169, ap.2]

(véanse los apartados 5 y6)

2.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización

(Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)

(véanse los apartados 5 y6)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 5 y6)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Hernández Zamora, S.A., cargará con sus propias costas.

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