Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 5 de octubre de 2017 — Wolf Oil/EUIPO
(Asunto C‑437/16P)(1)
«Recurso de casación— Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea— Marca denominativa CHEMPIOIL— Marca figurativa anterior CHAMPION— Desestimación de la oposición»
1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización— Motivo basado en la desnaturalización de las pruebas— Necesidad de indicar de manera precisa cuáles son los elementos desnaturalizados y de demostrar los errores de análisis que han llevado a dicha desnaturalización
[Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.168, ap.1, letrad)]
(véanse los apartados 24 y25)
2.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Requisitos
(Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véase el apartado30)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Similitud entre las marcas de que se trata— Capacidad de las divergencias conceptuales para neutralizar las similitudes visuales o fonéticas— Requisitos
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 43 y44)
4.Procedimiento judicial— Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso— Inadmisibilidad
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.84, ap.1)
(véase el apartado61)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Wolf OilCorp. |
1 DO C428 de 21.11.2016.