Asunto C‑534/16
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑534/16

Fecha: 26-Oct-2017

Asunto C534/16

Finančné riaditeľstvo Slovenskej republiky

contra

BB construct s.r.o.

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Najvyšší súd Slovenskej republiky)

«Procedimiento prejudicial— Impuesto sobre el valor añadido (IVA)— Directiva 2006/112/CE— Inscripción en el registro de sujetos pasivos delIVA— Legislación nacional que impone la constitución de una garantía— Lucha contra el fraude— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Libertad de empresa— Principio de no discriminación— Principio non bis inidem— Principio de irretroactividad»

Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 26 de octubre de2017

1.Armonización de las legislaciones fiscales— Sistema común del impuesto sobre el valor añadido— Obligaciones de los deudores del impuesto— Inscripción en el registro de sujetos pasivos del IVA— Sujeto pasivo cuyo administrador haya estado vinculado con anterioridad a otra persona jurídica que incumplió sus obligaciones tributarias— Normativa nacional que impone a dicho sujeto pasivo la constitución de una garantía— Medida destinada a garantizar la correcta recaudación del impuesto sobre el valor añadido y prevenir el fraude — Procedencia— Requisito— Respeto del principio de proporcionalidad

(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.16; Directiva 2006/112/CE del Consejo, art.273)

2.Derecho de la Unión— Principios— Igualdad de trato— Obligaciones de los deudores del impuesto— Inscripción en el registro de sujetos pasivos del IVA— Normativa nacional que impone a un sujeto pasivo la constitución de una garantía en razón de su vínculo con otra persona jurídica que no esté a corriente en el pago de sus impuestos— Medida destinada a garantizar la correcta recaudación del impuesto sobre el valor añadido y prevenir el fraude — Violación del citado principio de igualdad de trato— Inexistencia

(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.21; Directiva 2006/112/CE del Consejo, art.273)

1.El artículo 273 de la Directiva 2006/112, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y el artículo 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a que en el momento del registro a efectos del IVA de un sujeto pasivo, cuyo administrador haya sido administrador o socio de otra persona jurídica que haya incumplido sus obligaciones tributarias, la Administración tributaria imponga a ese sujeto pasivo la obligación de constituir una garantía por un importe que puede llegar a ser de 500000euros, siempre que la garantía exigida a dicho sujeto pasivo no vaya más allá de lo necesario para alcanzar los objetivos contemplados en el referido artículo, extremo que corresponde apreciar al órgano jurisdiccional remitente.

(véanse el apartado 47 y el punto 1 del fallo)

2.El principio de igualdad de trato debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que la Administración tributaria exija a un nuevo sujeto pasivo la constitución de tal garantía en el momento de su registro a efectos del IVA, en razón de sus vínculos con otra persona jurídica que no esté al corriente en el pago de impuestos.

(véanse el apartado 47 y el punto 2 del fallo)

Vista, DOCUMENTO COMPLETO