Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2017 —
Kofola ČeskoSlovensko/EUIPO — Mionetto (UGO)
(Asunto T‑176/16)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la UniónUGO— Marca figurativa anterior de la Unión ilUGO!— Renuncia parcial a la marca anterior— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001]»
1.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Facultad del Tribunal General de modificar la resolución impugnada— Límites— Renuncia a la marca anterior producida después de la resolución de la Sala de Recurso— Irrelevancia
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, arts.50, ap.2, y 65, aps.2 y3]
(véanse los apartados 24 a28)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 35 y36)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véase el apartado42)
4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas figurativas UGO e ilUGO!
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 44, 63, 68, 69, 72, 77 y81)
5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 45 y46)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de febrero de 2016 (asunto R2707/2014‑4), relativa a un procedimiento de oposición entre Mionetto y Kofola ČeskoSlovensko.
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Kofola ČeskoSlovenskoa.s. |