(Asunto C-646/17 Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Brindisi (Italia) el 17 de noviembre de 2017 — Proceso penal contra GianlucaMoro
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-646/17 Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Brindisi (Italia) el 17 de noviembre de 2017 — Proceso penal contra GianlucaMoro

Fecha: 17-Nov-2017

Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Brindisi (Italia) el 17 de noviembre de 2017 — Proceso penal contra GianlucaMoro

(Asunto C-646/17)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale di Brindisi

Acusado en el procedimiento principal

GianlucaMoro

Cuestión prejudicial

¿Se deben interpretar el artículo 2, apartado 1, el artículo 3, apartado 1, letrac), y el artículo 6, apartados 1, 2 y 3, de la Directiva 2012/13/UE,1 así como el artículo 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que se oponen a disposiciones procesales penales de un Estado miembro según las cuales las garantías de defensa, tras la modificación del escrito de acusación, se garantizan en términos cualitativa y cuantitativamente diferentes según que dicha modificación se refiera a aspectos fácticos o a aspectos jurídicos de la acusación, en concreto, permitiendo al acusado solicitar el procedimiento alternativo más favorable de aplicación de la pena (la denominada pena pactada) sólo en el primercaso?

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1 Directiva 2012/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales (DO 2012, L142, p.1).
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