(Asunto T‑191/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑191/14

Fecha: 16-Feb-2017





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 16 de febrero de 2017 — Lubrizol Francia/Consejo

(Asunto T191/14)

«Arancel Aduanero Común— Normativa referente a la suspensión de los derechos autónomos sobre determinados productos agrícolas e industriales— Objeción contra las suspensiones existentes— Equivalencia de los productos— Procedimiento de tramitación de las objeciones»

1.Procedimiento judicial— Examen del fondo previo al examen de la admisibilidad— Procedencia

(véase el apartado32)

2.Arancel Aduanero Común— Modificación o suspensión de los derechos de importación— Facultad de apreciación del Consejo— Control jurisdiccional— Alcance— Límites

[Art.31TFUE; Reglamento (UE) n.o1387/2013 del Consejo]

(véanse los apartados 58 a61)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE que tiene por objeto la anulación de los artículos 1 y 4 del Reglamento (UE) n.o1387/2013 del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se suspenden los derechos autónomos del arancel aduanero común sobre algunos productos agrícolas e industriales y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o1344/2011 (DO 2013, L354, p.201), en la medida en que dichas disposiciones privaron a la demandante de tres suspensiones a las que se había acogido anteriormente con arreglo a los códigos TARIC 2918290080, 3811290010 y 3811900030.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Lubrizol France SAS cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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