(Asunto T‑29/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑29/15

Fecha: 02-Feb-2017





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta)
de 2 de febrero de 2017 —
International Management Group/Comisión

(Asunto T29/15)

«Cooperación al desarrollo— Programa de acción anual en favor de Myanmar/Birmania con financiación a cargo del presupuesto general de la Unión— Decisión de ejecución del presupuesto— Modificación— Recurso de anulación— Acto impugnable— Admisibilidad— Obligación de motivación— Principio de buena gestión financiera— Principio de buena administración— Transparencia— Vía de recurso— Confianza legítima»

1.Recurso de anulación— Actos recurribles— Concepto— Actos que producen efectos jurídicos obligatorios— Decisión de la Comisión mediante la que se sustituye la entidad seleccionada para la ejecución de un presupuesto en la modalidad de gestión indirecta, en el supuesto de ulterior celebración de un convenio de delegación— Inclusión

(Art.263TFUE)

(véanse los apartados 35 a 53 y 56 a65)

2.Recurso de anulación— Recurso contra una decisión confirmatoria de otra decisión anterior no impugnada dentro de plazo— Inadmisibilidad— Concepto de decisión confirmatoria— Decisión definitiva adoptada tras medidas cautelares— Exclusión

(Art.263TFUE)

(véanse los apartados 68 a77)

3.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance

(Art.296TFUE)

(véanse los apartados 83 y84)

4.Derecho de la Unión Europea— Principios— Principio de buena administración— Irregularidad del procedimiento administrativo— Efectos— Anulación de la decisión controvertida— Requisitos

(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41, ap.2)

(véanse los apartados 134 y139)

5.Recursos propios de la Unión Europea— Reglamento sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión— Ejecución del presupuesto— Obligación de respetar el principio de transparencia— Alcance

[Reglamento (UE, Euratom) n.o966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.6, 34, ap.1, y 35, ap.2; Reglamento Delegado (UE) n.o1268/2012 de la Comisión, art.22]

(véanse los apartados 147 a152)

6.Derecho de la Unión Europea— Principios— Protección de la confianza legítima— Requisitos— Garantías concretas dadas por la Administración

(véanse los apartados 165 a168)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE y dirigido a la anulación de la Decisión de Ejecución C(2014)9787 final de la Comisión, de 16 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2013)7682 final relativa al programa de acción anual de 2013 en favor de Myanmar/Birmania con financiación a cargo del presupuesto general de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a International Management Group.

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