(Asunto T‑351/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑351/14

Fecha: 17-Feb-2017





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 17 de febrero de 2017 —
Construlink/EUIPO — Wit-Software (GATEWIT)

(Asunto T351/14)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca denominativa de la Unión GATEWIT— Marca figurativa anterior de la Unión wit software— Denominación social nacional anterior Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel,SA— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), y apartado 4, del Reglamento (CE) n.o207/2009»

1.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Legalidad de la resolución de una Sala de Recurso en un procedimiento de oposición— Impugnación mediante la invocación de hechos nuevos— Improcedencia— Consideración, a efectos de la interpretación del Derecho de la Unión, de una jurisprudencia de la Unión o de una jurisprudencia nacional o internacional no invocada ante los órganos de la Oficina— Procedencia

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.65]

(véase el apartado29)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 36, 37, 39 y105)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Determinación del público pertinente— Nivel de atención del público

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 45 a47)

4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 63 y64)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca denominativa GATEWIT— Marca figurativa wit software y denominación social Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel,SA

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 77, 84, 90, 97, 99, 106 y107)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 6 de marzo de 2014 (asunto R1059/2013‑1) relativa a un procedimiento de oposición entre Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel y Construlink — Tecnologias de Informação.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Construlink — Tecnologias de Informação, SA cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) a efectos del presente procedimiento y las de Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel, SA a efectos del procedimiento ante la Sala de Recurso.

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