(Asunto T‑509/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑509/15

Fecha: 03-Feb-2017





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 3 de febrero de 2017 —
Kessel medintim/EUIPO — Janssen-Cilag (Premeno)

(Asunto T509/15)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca denominativa de la Unión Premeno— Marca nacional denominativa anterior Pramino— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.o207/2009— Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por el Tribunal General— Derecho a seroído— Artículo 75 del Reglamento n.o207/2009»

1.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Resoluciones de la Oficina— Respeto del derecho de defensa— Alcance del principio

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.75, segunda frase]

(véanse los apartados 22 y23)

2.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Ejecución de una sentencia anulatoria de una resolución de una Sala de Recurso— Nuevo examen del recurso— Respeto del derecho de defensa

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.75, segunda frase]

(véanse los apartados 25, 26 y28)

3.Recurso de anulación— Sentencia anulatoria— Efectos— Obligación de adoptar medidas de ejecución— Alcance— Consideración tanto de los fundamentos como del fallo de la sentencia

(Art.266TFUE)

(véase el apartado32)

4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 41 a 43 y72)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación— Carácter complementario de los productos— Productos farmacéuticos

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 59 y60)

6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas denominativas Premeno y Pramino

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 69, 71, 76 y77)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de julio de 2015 (asunto R349/2015‑4) relativa a un procedimiento de oposición entre Janssen-Cilag y Kessel medintim.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Kessel medintimGmbH.

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