Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 13 de febrero de 2017 —
Pipiliagkas/Comisión
(Asunto T‑598/16)
«Recurso de anulación— Función pública— Funcionarios— Destino— Traslado en interés del servicio— Cambio de destino del demandante— Ejecución de una sentencia— Procedimiento administrativo previo— Acto no recurrible— Inadmisibilidad»
1.Recursos de funcionarios— Reclamación administrativa previa— Recurso interpuesto antes de terminar el plazo de respuesta a la reclamación— Inadmisibilidad
(Estatuto de los Funcionarios, arts.90 y91)
(véanse los apartados 34 a37)
2.Funcionarios— Principios— Derecho de defensa— Obligación de oír al interesado antes de la adopción de un acto que le sea lesivo— Alcance
(véase el apartado43)
3.Recursos de funcionarios— Pretensión de indemnización ligada a una pretensión de anulación— Pretensión de reparación del daño derivado de un plazo no razonable de ejecución o de la ausencia total de cualquier medida de ejecución de una sentencia de anulación formulada en la reclamación contra la decisión de no adoptar medidas de ejecución— Admisibilidad
(Art.266TFUE; Estatuto de los Funcionarios, arts.90 y91)
(véase el apartado46)
4.Recursos de funcionarios— Objeto— Orden conminatoria dirigida a la Administración— Inadmisibilidad
(Estatuto de los Funcionarios, art.91)
(véase el apartado48)
Objeto
Recurso basado en los artículos 266TFUE y 270TFUE por el que se solicita la anulación, por un lado, de la decisión de la Comisión de no adoptar las medidas de ejecución de la sentencia de 15 de abril de 2015, Pipiliagkas/Comisión (F‑96/13, EU:F:2015:29), y, por otro, de la decisión de la Comisión de 22 de diciembre de 2015 de readscribir al demandante de la Delegación de la Unión Europea en Cisjordania y la Banda de Gaza en Jerusalén Este a la Dirección General «Movilidad y Transportes». |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Condenar en costas al Sr.Nikolaos Pipiliagkas. |