Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 16 de febrero de 2017 —
Holistic Innovation Institute/REA
(Asunto T‑706/14)
«Investigación y desarrollo tecnológico— Proyectos financiados por la Unión en el campo de la investigación— Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013)— Proyectos ZONeSEC e Inachus— Decisión por la que se rechaza la participación de la demandante— Recurso de anulación y por responsabilidad»
1.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Determinación del objeto del litigio— Exposición sumaria de los motivos invocados— Enunciación abstracta— Inadmisibilidad
[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.76, letrad)]
(véase el apartado21)
2.Recurso de anulación— Motivos— Falta de competencia de la institución autora del acto impugnado— Motivo de orden público
(Art.263TFUE)
(véanse los apartados 25 y26)
3.Recurso de anulación— Motivos— Desviación de poder— Concepto
(Art.263TFUE)
(véase el apartado42)
4.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Apreciación de la obligación de motivación en función de las circunstancias del asunto
(Art.296TFUE)
(véanse los apartados 50 a53)
5.Responsabilidad extracontractual— Requisitos— Ilegalidad— Perjuicio— Relación de causalidad— Perjuicio real y cierto— Carga de la prueba
(Art.340TFUE, párr.2)
(véanse los apartados 137 a 141 y155)
Objeto
Por una parte, una pretensión basada en el artículo 263TFUE en la que se solicita la anulación de la decisión del Director de la Agencia Ejecutiva de Investigación de 24 de julio de 2014 [ARES (2014) 2461172], por la que se pone fin a la negociación con la demandante y se rechaza su participación en los proyectos europeos Inachus y ZONeSEC y, por otra parte, una pretensión basada en el artículo 268TFUE en la que se solicita reparación del perjuicio que la demandante alega haber sufrido al haber sido rechazada su participación en los mencionados proyectos y al haber sido comunicadas ciertas informaciones sobre ella a raíz de dicha decisión. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas en el presente procedimiento a Holistic Innovation Institute, S.L.U. |
3) |
| En lo referente a las costas del procedimiento de medidas provisionales, cada parte cargará con sus propias costas. |