(Asunto T‑208/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑208/15

Fecha: 01-Mar-2017





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 1 de marzo de 2017 —Universiteit Antwerpen/REA

(Asunto T208/15)

«Cláusula compromisoria— Séptimo Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007-2013)— Acciones Marie Curie— Investigadores noveles— Convocatoria de propuestas FP7‑People-ITN‑2008— Acuerdos de subvención— Costes subvencionables— Devolución de importes satisfechos— Concepto de acogida de investigadores— Proporcionalidad»

1.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Contrato regido por el Derecho nacional— Aplicabilidad del Derecho nacional material— Inaplicabilidad de la normativa nacional en materia de competencia

(Art.272TFUE)

(véanse los apartados 52 a55)

2.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Contratos celebrados en el marco de un programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración— Objetivos

(Art.272TFUE)

(véase el apartado65)

3.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Contratos celebrados en el marco de un programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración— Concepto de acogida de investigadores

(Art.272TFUE)

(véanse los apartados 81 a 85, 93, 104 y116)

Objeto

Recurso basado en el artículo 272TFUE mediante el que se solicita, por una parte, que se declare que los acuerdos de subvención n.o238214 «C7» (Cerebellar-Cortical Control: Cells, Circuits, and Clinic) y n.o238686 «CEREBNET» (Timing and plasticity in the olivo-cerebellar system), celebrados en el marco de la convocatoria de propuestas FP7-People-ITN-2008, no pueden interpretarse en el sentido de que imponen a los beneficiarios la obligación de proporcionar la formación a los investigadores noveles exclusivamente en sus propios locales y, por lo tanto, que confirme que la REA no puede declarar no subvencionables la parte de los costes relativa a la formación de tres investigadores noveles fuera de los locales de la demandante, y, por otra parte, que se condene a la REA a abonar todos los gastos relativos a la formación de dichos investigadores noveles que fueron comunicados por la demandante, más los intereses a contar desde la fecha del vencimiento de los pagos en virtud de los Acuerdos.

Fallo

1)

Condenar a la Agencia Ejecutiva de Investigación (REA) a abonar a la Universiteit Antwerpen el importe de 45526,73euros, correspondiente al pago de determinados costes subvencionables con arreglo al Acuerdo «Cerebnet» n.o238686 celebrado en el contexto del Séptimo Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007-2013), más los intereses pactados a contar desde la fecha del vencimiento de dicha cantidad con arreglo al referido Acuerdo.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

REA y la Universiteit Antwerpen cargarán con sus propias costas.

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