Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 6 de abril de 2017 — PITEE/Comisión
(Asunto C‑464/16P)(1)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Solicitud de acceso a documentos de la Comisión— Denegación— Recurso de anulación— Artículo 19 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea— Representación ante los órganos jurisdiccionales de la Unión— Abogado que no tiene la condición de tercero respecto de la recurrente— Inadmisibilidad manifiesta del recurso— Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial— Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»
1.Recurso de casación— Objeto— Recurso de casación que incurre en el mismo vicio de forma que el recurso interpuesto ante el Tribunal General— Cuestión jurídica relativa a la admisibilidad del recurso de casación— Examen de fondo— Admisibilidad
(Art.256TFUE, ap.1, párr.2)
(véase el apartado16)
2.Procedimiento judicial— Duración del procedimiento seguido ante el Tribunal General— Plazo razonable— Incumplimiento— Consecuencias— Duración sin incidencia en la resolución del litigio— Anulación de la resolución del Tribunal General— Exclusión
(Art.256TFUE, ap.1, párr.2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47, párr.2)
(véase el apartado18)
3.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Requisitos relativos al firmante— Calidad de tercero respecto a las partes— Sociedad representada por un abogado que es uno de sus directores— Incumplimiento del requisito de independencia— Vulneración de la tutela judicial efectiva— Inexistencia
[Art.256TFUE, ap.1, párr.2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.19, párr.3, y 21, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.44, ap.1, letrab), 57, ap.1, y 119, ap.1]
(véanse los apartados 23 a 25, 27 a 29, 31, 34 y35)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Pénzügyi Ismeretterjesztő és Érdek-képviseleti Egyesület (PITEE). |
1 DO C402 de 31.10.2016.