Asunto C‑535/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑535/15

Fecha: 27-Abr-2017

Asunto C535/15

Freie und Hansestadt Hamburg

contra

Jost Pinckernelle

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht)

«Procedimiento prejudicial— Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y mezclas químicas— Reglamento (CE) n.o1907/2006 (Reglamento REACH)— Registro obligatorio general y requisitos de información— Sustancias químicas no registradas— Exportación fuera del territorio de la Unión Europea de sustancias químicas no registradas»

Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 27 de abril de2017

Aproximación de las legislaciones— Registro, evaluación y autorización de sustancias y mezclas químicas— Reglamento REACH— Obligación de Registro en la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)— Alcance— Obligación de registrar las sustancias destinadas a la exportación fuera de la Unión— Inexistencia

[Reglamento (CE) n.o1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.3, punto 12,y5]

El artículo 5 del Reglamento n.o1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45 y se derogan el Reglamento n.o793/93 y el Reglamento n.o1488/94, así como la Directiva 76/769 y las Directivas 91/155, 93/67, 93/105 y 2000/21, en relación con el artículo 3, punto 12, de dicho Reglamento, debe interpretarse en el sentido de que las sustancias que no hubiesen sido registradas cuando fueron importadas en el territorio de la Unión Europea de conformidad con el referido Reglamento pueden exportarse fuera de ese territorio.

(véanse el apartado 49 y el fallo)

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