Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 28 de abril de 2017 —
HN/Comisión
(Asunto T‑588/16)
«Función pública— Funcionarios— Reglamento (UE, Euratom) n.º1023/2013— Reforma del Estatuto— Nuevas reglas de carrera y de promoción a los grados AD13 y AD14— Funcionarios de grado AD12— Ejercicio de responsabilidades especiales— Artículo 30, apartado 3, del anexoXIII del Estatuto— Ejercicio de promoción de2014— Solicitud de clasificación en el tipo de puesto de trabajo “consejero o equivalente”— Inexistencia de respuesta de laAFPN— Ejercicio de promoción de2015— Nueva solicitud de clasificación en los tipos de puestos de trabajo “consejero o equivalente” o “jefe de unidad o equivalente”— Desestimación por parte de laAFPN— Carácter confirmatorio de la denegación de clasificación en el tipo de puesto de trabajo “consejero o equivalente”— Exigencias relativas al procedimiento administrativo previo— Inadmisibilidad»
1.Funcionarios— Recursos— Reclamación administrativa previa— Plazos— Carácter de orden público— Preclusión— Reapertura mediante una petición presentada con arreglo al artículo 90, apartado 1, del Estatuto— Exclusión
(Estatuto de los Funcionarios, arts.90 y91)
(véanse los apartados 36 a38)
2.Recursos de funcionarios— Reclamación administrativa previa— Plazos— Reclamación fuera de plazo— Decisión de clasificar a un funcionario en un tipo de puesto de trabajo establecido por el Reglamento (UE, Euratom) n.º1023/2013 materializada en una modificación del expediente personal informatizado del interesado— Reclamación contra la falta de inscripción del interesado en la lista de candidatos a la promoción— Inadmisibilidad
[Estatuto de los Funcionarios, arts.90, ap.2, y 91, ap.1, y anexosI, secciónA, punto 1, yXIII, art.30, ap.2; Reglamento (UE, Euratom) n.º1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo]
(véanse los apartados 39 a43)
3.Recursos de funcionarios— Reclamación administrativa previa— Distinción respecto de la petición con arreglo al artículo 90, apartado 1, del Estatuto— Distinción que corresponde efectuar aljuez
(Estatuto de los Funcionarios, art.90, aps.1y2)
(véase el apartado45)
4.Recursos de funcionarios— Acto lesivo— Concepto— Acto meramente confirmatorio— Exclusión
(Estatuto de los Funcionarios, arts.90, ap.2, y 91, ap.1)
(véase el apartado51)
5.Funcionarios— Carrera— Establecimiento de normas transitorias para la transición desde el antiguo sistema de carreras de los funcionarios al nuevo— Normas para la clasificación en los tipos de puestos de trabajo— Clasificación de funcionarios de los grados AD9 a AD14 que tengan responsabilidades especiales en el tipo de puesto de trabajo «jefe de unidad o equivalente» o «consejero o equivalente»— Posibilidad que tiene la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de hacer uso de este régimen excepcional
[Estatuto de los Funcionarios, anexoXIII, art.30, ap.3; Reglamento (UE, Euratom) n.º1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo]
(véanse los apartados 77 y78)
6.Recursos de funcionarios— Interés en ejercitar la acción— Inexistencia de perjuicios personales y de intereses nacidos y actuales— Inadmisibilidad
(Estatuto de los Funcionarios, art.91, ap.1)
(véase el apartado90)
Objeto
Recurso basado en el artículo 270TFUE, que tiene por objeto la anulación de «la decisión por la que se desestima la solicitud [del demandante] de ser considerado un funcionario que tiene responsabilidades especiales que dan lugar a su clasificación en el tipo de puesto de trabajo «consejero o equivalente», en virtud del artículo 30, apartado 3, del anexoXIII del [nuevo] Estatuto» y de la Decisión SEC(2013)691, de 18 de diciembre de 2013, titulada «Comunicación a la Comisión por la que se modifican las normas relativas a la composición de los gabinetes de los Miembros de la Comisión y a los portavoces». |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas al Sr.HN. |