Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 27 de abril de 2017 —
Deere/EUIPO (EXHAUST-GARD)
(Asunto T‑622/15)
«Marca de la Unión Europea— Solicitud de marca denominativa de la Unión EXHAUST‑GARD— Motivo de denegación absoluto— Carácter descriptivo— Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) n.o207/2009— Derecho de defensa— Artículo 75 del Reglamento (CE) n.o207/2009»
1.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Respeto del derecho de defensa— Alcance del principio
[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.75, segunda frase]
(véase el apartado12)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto
[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]
(véanse los apartados 24, 26 a 29, 42 y45)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Marca denominativa EXHAUST‑GARD
[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]
(véanse los apartados 46 y49)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de septiembre de 2015 (asunto R196/2014‑4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo EXHAUST-GARD como marca de la Unión Europea. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Deere & Company. |