(Asunto C-440/17 Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln (Alemania) el 20 de julio de 2017 — GS / Bundeszentralamt für Steuern
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-440/17 Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln (Alemania) el 20 de julio de 2017 — GS / Bundeszentralamt für Steuern

Fecha: 20-Jul-2017

Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln (Alemania) el 20 de julio de 2017 — GS / Bundeszentralamt für Steuern

(Asunto C-440/17)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

FinanzgerichtKöln

Partes en el procedimiento principal

Demandante:GS

Demandada: Bundeszentralamt für Steuern

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone el artículo 49TFUE, en relación con el artículo 54TFUE, a una disposición tributaria nacional como la controvertida en el procedimiento principal, que niega a una sociedad matriz no residente, cuyo socio único es una sociedad de capital residente en el país, la exención del impuesto sobre los rendimientos del capital correspondiente a un reparto de dividendos,

cuando poseen participaciones de dicha sociedad personas que, si percibiesen directamente los ingresos, no tendrían derecho a la devolución o a la exención, y los ingresos brutos obtenidos por la sociedad extranjera en el ejercicio económico en cuestión no provienen de una actividad económica propia,y

no existen razones sólidas, ya sea económicas o de otro tipo, para la interposición de la sociedad extranjera en lo referente a tales ingresoso

la sociedad extranjera no participa en el tráfico económico general con un establecimiento adecuado para su propio objeto social,

mientras que sí se concede la exención del impuesto sobre los rendimientos del capital a las sociedades matrices residentes, sin necesidad de cumplir los mencionados requisitos?

¿Debe interpretarse el artículo 1, apartado 2, de la Directiva [2011/96] sobre sociedades matrices1 en el sentido de que se opone a la adopción por un Estado miembro de una normativa tributaria que niega a una sociedad matriz no residente, cuyo socio único es una sociedad de capital residente en el país, la exención del impuesto sobre los rendimientos del capital correspondiente a un reparto de dividendos,

cuando poseen participaciones de dicha sociedad personas que, si percibiesen directamente los ingresos, no tendrían derecho a la devolución o a la exención, y los ingresos brutos obtenidos por la sociedad extranjera en el ejercicio económico en cuestión no provienen de una actividad económica propia,y

no existen razones sólidas, ya sea económicas o de otro tipo, para la interposición de la sociedad extranjera en lo referente a tales ingresoso

la sociedad extranjera no participa en el tráfico económico general con un establecimiento adecuado para su propio objeto social?

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1 Directiva 2011/96/UE del Consejo, de 30 de noviembre de 2011, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes (DO 2011, L345, p.8); anteriormente, Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados Miembros diferentes (DO 1990, L225, p.6).
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