(Asunto C-527/17 Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundespatentgericht (Alemania) el 5 de septiembre de 2017 —LN
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-527/17 Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundespatentgericht (Alemania) el 5 de septiembre de 2017 —LN

Fecha: 05-Sep-2017

Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundespatentgericht (Alemania) el 5 de septiembre de 2017 —LN

(Asunto C-527/17)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundespatentgericht

Partes en el procedimiento principal

Recurrente:LN

Recurrida: Deutsches Patent- und Markenamt

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 2 del Reglamento (CE) n.º469/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativo al certificado complementario de protección para los medicamentos,1 en el sentido de que una autorización concedida con arreglo a la Directiva 93/42/CEE2 para una combinación de producto sanitario y medicamento en el sentido del artículo 1, apartado 4, de la Directiva 93/42/CEE se ha de equiparar, a los efectos del Reglamento, a una autorización de comercialización válida con arreglo a la Directiva 2001/83/CE3 cuando en el procedimiento de autorización instruido conforme al anexoI, punto 7.4, párrafo primero, de la Directiva 93/42/CEE una autoridad competente en materia de medicamentos de un Estado miembro haya verificado la calidad, la seguridad y la utilidad del componente de medicamento de conformidad con la Directiva 2001/83/CE?

____________

1 DO 2009, L152, p.1.2 Directiva 93/42/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa a los productos sanitarios (DO1993, L169, p.1).3 Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO 2001, L311, p.67).
Vista, DOCUMENTO COMPLETO