Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 19 de septiembre de 2017 — Tamasu Butterfly Europa/EUIPO — adp Gauselmann (Butterfly)
(Asunto T‑315/16)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca denominativa de la Unión Butterfly— Marca denominativa de la Unión y nombre comercial nacional anteriores Butterfly— Motivos de denegación relativos— Artículo 8, apartados 1, letrab), 4 y 5, del Reglamento (CE) n.º207/2009»
1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 20 y21)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Nivel de atención del público
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véase el apartado24)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Carácter complementario de los productos o de los servicios
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véase el apartado27)
4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad— Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares— Requisitos
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.5]
(véase el apartado48)
5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad— Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares— Requisitos— Notoriedad de la marca en el Estado miembro o en la Unión— Concepto— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.5]
(véanse los apartados 50 y51)
6.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.75]
(véase el apartado70)
7.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico— Requisitos
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.4]
(véase el apartado78)
8.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico— Alcance local del signo— Medios de prueba
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.4]
(véase los apartados 79 y 81 a84)
9.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico— Marca denominativa Butterfly— Nombre comercial Butterfly
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.4]
(véanse los apartados 97 a99)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 17 de marzo de 2016 (asunto R221/2015‑1), relativa a un procedimiento de oposición entre Tamasu Butterfly Europa y adp Gauselmann. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Tamasu Butterfly EuropaGmbH. |