7.1.2019 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 4/32 |
Recurso interpuesto el 15deoctubre de2018—EN(1)/Comisión
(Asunto T-622/18)
(2019/C 4/43)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante:EN(2) (representante: E.Metodieva, abogada)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
— | Anule la decisión de 12dediciembre de2017 del tribunal de la oposición EPSO/AD/323/16— Investigadores (AD7) para los siguientes perfiles: 1.Investigadores: gasto de la UE, lucha contra la corrupción; 2.Investigadores: Aduanas y comercio, tabaco y mercancías falsificadas, de no incluir el nombre del demandante en la lista de reserva relativa al primer perfil de la mencionada oposición. |
— | Anule en su integridad la decisión de la EPSO de 10dejulio de2018 de desestimar la queja presentada por el demandante con arreglo al artículo90, apartado2, del Estatuto de los Funcionarios contra la decisión del tribunal de oposición de la EPSO de no incluirlo en la lista de reserva. |
— | Condene a la demandada a abonar al demandante daños y perjuicios en concepto de lucro cesante como resultado de que no se lo incluyera en la referida lista de reserva. |
— | Condene a la demandada a abonar al demandante los gastos desembolsados en concepto de asistencia y representación letrada antes y durante el procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.
1. | Primer motivo, basado en el comportamiento inadecuado de uno de los miembros del tribunal de oposición, que presuntamente dio lugar a que no se examinara apropiadamente al demandante. |
2. | Segundo motivo, basado en la falta de imparcialidad de uno de los miembros del tribunal de oposición. |
3. | Tercer motivo, basado en la falta de competencia de los evaluadores. |
4. | Cuarto motivo, basado en que la oposición infringió el régimen lingüístico. |
5. | Quinto motivo, basado en que se produjeron ciertas irregularidades que afectaron al ejercicio de estudio de caso de la oposición. |
6. | Sexto motivo, basado en la vulneración del principio de trato igualitario y justo como resultado del presuntamente excesivo período de un mes durante el cual se desarrolló la oposición. |
7. | Séptimo motivo, basado en la insuficiente motivación de la evaluación del demandante. |
(1)Datos suprimidos o sustituidos en el marco de la protección de datos personales y/o confidenciales.
(2)Datos suprimidos o sustituidos en el marco de la protección de datos personales y/o confidenciales.