(Asunto C-11/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 7 de enero de 2019 — Azienda ULSS n.º6 Euganea / Pia Opera Croce Verde Padova
Fecha: 07-Ene-2019
Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 7 de enero de 2019 — Azienda ULSS n.º6 Euganea / Pia Opera Croce Verde Padova
(Asunto C-11/19)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Azienda ULSS n.º6Euganea
Recurrida: Pia Opera Croce Verde Padova
Cuestiones prejudiciales
Cuando ambas partes son entidades públicas, ¿el considerando 28, el artículo 10 y el artículo 12, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE1 se oponen a la aplicación del artículo 5, en relación con los artículos 1, 2, 3 y 4, de la Ley Regional del Véneto 26/2012, sobre la base de la colaboración entre entidades públicas establecida en el citado artículo 12, apartado 4, y en los artículos 5, apartado 6, del Decreto Legislativo 50/2016 y 15 de la Ley 241/1990?
Cuando ambas partes son entidades públicas, ¿el considerando 28, el artículo 10 y el artículo 12, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE se oponen a la aplicación de las disposiciones de la Ley Regional del Véneto 26/2012, sobre la base de la colaboración entre entidades públicas prevista en el citado artículo 12, apartado 4, y en los artículos 5, apartado 6, del Decreto Legislativo 50/2016 y 15 de la Ley 241/1990, en el sentido limitado de que el poder adjudicador queda obligado a manifestar los motivos por los que adoptó la decisión de adjudicar el servicio de transporte sanitario ordinario mediante licitación, en lugar de hacerlo por adjudicación directa mediante convenio?