(Asunto C-757/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el Gericht Erster Instanz Eupen (Bélgica) el 15 de octubre de 2019 — ES / Wallonische Region
Fecha: 15-Oct-2019
Petición de decisión prejudicial planteada por el Gericht Erster Instanz Eupen (Bélgica) el 15 de octubre de 2019 — ES / Wallonische Region
(Asunto C-757/19)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Gericht Erster Instanz Eupen
Partes en el procedimiento principal
Demandante:ES
Demandada: Wallonische Region
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta) ha resuelto, mediante auto de 28 de mayo de 2020, que el artículo 49TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro conforme a la cual un residente de ese Estado miembro solo puede invocar una excepción a la obligación de matriculación de los vehículos, en dicho Estado miembro, respecto a un vehículo matriculado en otro Estado miembro y puesto a su disposición por la sociedad de la que es socio-administrador y que está establecida en ese otro Estado miembro, si los documentos que acreditan que el interesado cumple los requisitos de aplicación de esa excepción se encuentran permanentemente a bordo del vehículo.