Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de octubre de 2019 —
EtDjili Soy Dzhihangir Ibryam/EUIPO
(Asunto C‑293/19P)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de registro de la marca figurativa que contiene el elemento denominativo Djili— Marca nacional denominativa anterior que contiene el elemento denominativo GILLY— Motivo de denegación relativo»
1.Recurso de casación— Motivos— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General— Exclusión salvo en caso de desnaturalización— Apreciación de las similitudes entre las marcas de que se trata
(Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véase el apartado7)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véase el apartado7)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación, por ser en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado. |
2) |
| Et Djili Soy Dzhihangir Ibryam cargará con sus propias costas. |