(Asunto C‑295/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑295/19

Fecha: 01-Oct-2019





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 1 de octubre de 2019 — Apple/Pear Technologies

(Asunto C295/19P)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de registro de la marca figurativa que contiene el elemento verbal “pear”— Marca figurativa anterior que representa una manzana— Motivo de denegación relativo— Reglamento (CE) n.º207/2009— Artículo 8, apartado5— Falta de similitud entre los signos en conflicto— Recurso de casación manifiestamente infundado»

1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de renombre— Protección de la marca anterior de renombre ampliada a productos o servicios no similares— Requisitos— Similitud entre las marcas de que se trata— Grado de similitud exigido

[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.5]

(véase el apartado6)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de renombre— Protección de la marca anterior de renombre ampliada a productos o servicios no similares— Requisitos— Vínculo entre las marcas— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.5]

(véase el apartado6)

3.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Requisitos

(Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53, párr.1)

(véase el apartado6)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación por ser manifiestamente infundado.

2)

Apple Inc. cargará con sus propias costas.

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