Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 20 de noviembre de 2019 — Rezon/EUIPO (imot.bg)
(Asunto T‑101/19)
«Marca de la Unión Europea— Solicitud de marca figurativa de la Unión imot.bg— Motivo de denegación absoluto— Falta de carácter distintivo— Falta de carácter distintivo adquirido por eluso— Artículo 7, apartados 1, letrab), y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001— Obligación de motivación— Artículo 94, apartado 1, primera frase, del Reglamento 2017/1001»
1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Concepto— Criterios de apreciación
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 15 a19)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Marca figurativa imot.bg
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, aps.1, letrab),y3]
(véanse los apartados 22, 24 a 28 y51)
3.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones— Artículo 94, apartado 1, primera frase, del Reglamento 2017/1001— Alcance idéntico al del artículo 296TFUE
(Art. 296TFUE; Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.94, ap.1, primera frase)
(véanse los apartados 30 a32)
4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Excepción— Adquisición del carácter distintivo como consecuencia deluso— Criterios de apreciación
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, aps.1, letrab),y3]
(véase el apartado46)
5.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Determinación del objeto del litigio— Exposición sumaria de los motivos invocados— Inadmisibilidad
[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.76, ap.1, letrad)]
(véase el apartado49)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 9 de noviembre de 2018 (asunto R999/2018‑2), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo imot.bg como marca de la Unión Europea. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a RezonOOD. |