(Asunto C-881/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajským soudem v Brně (República Checa) el 4 de diciembre de 2019 — Tesco Stores ČR a.s. / Ministerstvo zemědělství
Fecha: 04-Dic-2019
Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajským soudem v Brně (República Checa) el 4 de diciembre de 2019 — Tesco Stores ČR a.s. / Ministerstvo zemědělství
(Asunto C-881/19)
Lengua de procedimiento: checo
Órgano jurisdiccional remitente
Krajský soud vBrně
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Tesco Stores ČRa.s.
Recurrida: Ministerstvo zemědělství
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse la regla prevista en el anexoVII, parte E, punto 2, letraa), del Reglamento (UE) n.º1169/20111 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º1924/2006 y (CE) n.º1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.º608/2004 de la Comisión, en el sentido de que, en el caso de un alimento dirigido a un consumidor final en la República Checa, un ingrediente compuesto incluido en el anexoI, parte A, punto 2, letrac), de la Directiva 2000/36/CE2 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de junio de 2000, relativa a los productos de cacao y de chocolate destinados a la alimentación humana, únicamente puede incluirse entre los ingredientes del producto sin un detalle preciso de su composición si dicho ingrediente compuesto se identifica de forma idéntica a como queda recogido en la versión en checo del anexoI de la Directiva 2000/36/CE?