Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 4 de diciembre de 2019 — H/Consejo
(Asunto C‑413/18P)(1)
«Recurso de casación— Política exterior y de seguridad común (PESC)— Composición de la Sala del Tribunal General de la Unión Europea— Regularidad— Decisión 2009/906/PESC— Misión de Policía de la Unión Europea (MPUE) en Bosnia y Herzegovina— Agente nacional en comisión de servicios— Destino en una oficina regional de dicha Misión— Competencia del jefe de la Misión— Desviación de poder— Pretensión de indemnización de daños y perjuicios— Principio de contradicción»
1.Procedimiento judicial— Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso— Ampliación de un motivo invocado anteriormente— Admisibilidad
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.127, ap.1, y175)
(véanse los apartados 27, 28y35)
2.Derecho de la Unión Europea— Principios— Derechos fundamentales— Respeto garantizado por el juez de la Unión— Derecho de toda persona a un proceso equitativo— Reconocimiento por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Consideración del Convenio Europeo de Derechos Humanos— Exigencia de imparcialidad— Mismo juez que ha formado parte de dos Salas que han conocido sucesivamente del mismo asunto— Violación— Inexistencia
(Art.6TUE, ap.3; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47, párrs.1 y 2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts.26, ap.2, 27, ap.1, y 216, ap.1)
(véanse los apartados 45 a 47, 50, 51, 54, 55 y 57a60)
3.Derecho de la Unión Europea— Principios— Derecho de defensa— Principio de contradicción— Respeto en el marco de un procedimiento judicial— Alcance— Decisión basada en respuestas y documentos aportados por una parte tras la vista y que no fueron objeto de un debate contradictorio con la otra parte— Violación
(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47)
(véanse los apartados 102 a 104 y 114 a116)
Fallo
1) |
| Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 11 de abril de 2018, H/Consejo (T‑271/10RENV, EU:T:2018:180). |
2) |
| Devolver el asunto al Tribunal General de la Unión Europea para que este se pronuncie sobre los motivos tercero a quinto del recurso de anulación y sobre la pretensión de indemnización. |
3) |
| Reservar la decisión sobre las costas. |
1 DO C341 de 24.9.2018.