(Asunto C-181/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 25 de febrero de 2019 — Jobcenter Krefeld — Widerspruchsstelle / JD
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-181/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 25 de febrero de 2019 — Jobcenter Krefeld — Widerspruchsstelle / JD

Fecha: 25-Feb-2019

Petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 25 de febrero de 2019 — Jobcenter Krefeld — Widerspruchsstelle / JD

(Asunto C-181/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Jobcenter Krefeld — Widerspruchsstelle

Demandada:JD

Cuestiones prejudiciales

¿Es compatible con el principio de igualdad de trato consagrado en el artículo 18TFUE, en relación con los artículos 10 y 7 del Reglamento n.º492/2011,1 excluir de la percepción de prestaciones de asistencia social, en el sentido del artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2004/38,2 a los ciudadanos de la Unión cuyo derecho de residencia se derive del artículo 10 del Reglamento n.º492/2011?

a)¿Procede considerar que una prestación de asistencia social en el sentido del artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2004/38 constituye una ventaja social en el sentido del artículo 7, apartado 2, del Reglamento n.º492/2011?

b)¿Resulta aplicable la limitación establecida en el artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2004/38 al principio de igualdad de trato consagrado en el artículo 18TFUE, en relación con los artículos 10 y 7 del Reglamento n.º492/2011?

¿Es compatible con el principio de igualdad de trato consagrado en el artículo 18TFUE, en relación con el artículo 4 del Reglamento n.º883/2004,3 excluir de la percepción de prestaciones especiales en metálico no contributivas, en el sentido de los artículos 3, apartado 3, y 70, apartado 2, del Reglamento n.º883/2004, a los ciudadanos de la Unión cuyo derecho de residencia se derive del artículo 10 del Reglamento n.º492/2011 y que estén integrados en un sistema de seguridad social o en un sistema de prestaciones familiares, en el sentido del artículo 3, apartado 1, del Reglamento n.º883/2004?

____________

1 Reglamento (UE) n.º492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión (DO 2011, L141, p.1).2 Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) n.º1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (DO 2004, L158, p.77).3 Reglamento (CE) n.º883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO 2004, L166, p.1).
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