(Asunto C-182/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 26 de febrero de 2019 — Pfizer Consumer Healthcare Ltd / Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-182/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 26 de febrero de 2019 — Pfizer Consumer Healthcare Ltd / Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Fecha: 26-Feb-2019

Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 26 de febrero de 2019 — Pfizer Consumer Healthcare Ltd / Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

(Asunto C-182/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

First-tier Tribunal (Tax Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Pfizer Consumer HealthcareLtd

Recurrida: Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Cuestión prejudicial

¿Es nulo el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/11401 de la Comisión, de 8 de julio de 2016, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada en la medida en que clasifica en el código NC3824, concretamente, en el 38249096, productosque

i)están constituidos por una materia similar a un vendaje que contiene «células térmicas» y que incluye sustancias químicas,

ii)son similares a un emplasto, aunque con efectos terapéuticos adicionales,

iii)alivian el dolor, reducen la rigidez y favorecen la cicatrización de los tejidos (como se ha verificado en numerosos ensayos clínicos) por medio de una reacción química exotérmica,

iv)se presentan en formas o en envases para la venta al por menor,y

v)se presentan y comercializan explícitamente para fines médicos y con los efectos indicados en el incisoiii) anterior,

basándose en que son las sustancias químicas las que constituyen la materia o el ingrediente que confiere al producto su carácter esencial, y no los clasifica en la partida 3005 [sobre la base del texto de las correspondientes partidas, secciones o notas de los capítulos, y de las notas explicativas de la regla general 1, de manera que, con arreglo a la regla general de interpretación 3a), la clasificación debe hacerse conforme a la descripción más específica del producto]?

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1 DO 2016, L189, p.1.
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