(Asunto C‑144/18
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑144/18

Fecha: 28-Mar-2019





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 28 de marzo de 2019— River Kwai International Food Industry/AETMD

(Asunto C144/18P)(1)

«Recurso de casación— Dumping— Derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinado maíz dulce en grano preparado o conservado originario de Tailandia— Reconsideración provisional efectuada con arreglo al artículo 11, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º1225/2009»

1.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Requisitos

(Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53, párr.1)

(véase el apartado20)

2.Recurso de casación— Motivos— Fundamentos de una sentencia viciados por una infracción del Derecho de la Unión— Fallo justificado en virtud de otros fundamentos de Derecho— Desestimación

(véase el apartado22)

3.Procedimiento judicial— Intervención— Excepción de inadmisibilidad no propuesta por la parte demandada— Inadmisibilidad

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.40, párr.4)

(véanse los apartados 23 y27)

4.Recurso de anulación— Sentencia anulatoria— Efectos— Obligación de adoptar medidas de ejecución

(Arts.264TFUE y 266TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.60)

(véanse los apartados 45 a47)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

River Kwai International Food Industry Co. Ltd cargará, además de con sus propias costas, con las de la Association européenne des transformateurs de maïs doux (AETMD) y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


1DO C142 de 23.4.2018.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO