Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de abril de 2019 — Pracsis y Conceptexpo Project/Comisión y EACEA
(Asunto C‑794/18P)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Contratos públicos de servicios— Recurso de anulación— Concepto de “acto meramente confirmativo”— Error manifiesto de apreciación— Desnaturalización de los hechos»
1.Recurso de casación— Motivos— Motivos manifiestamente inadmisibles o manifiestamente infundados— Desestimación en cualquier momento, mediante auto motivado y sin faseoral
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.181)
(véanse los apartados 3y4)
2.Recurso de anulación— Recurso contra una decisión confirmatoria de otra decisión anterior no impugnada dentro de plazo— Inadmisibilidad— Concepto de decisión confirmatoria— Reconsideración de una decisión anterior en respuesta a una solicitud por la que se alegan hechos nuevos y sustanciales— Exclusión— Concepto de hechos nuevos y sustanciales— Alcance
(Art.263TFUE)
(véanse los apartados 5y6)
3.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización
[Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.168, ap.1, letrad)]
(véanse los apartados 5y6)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación por ser, en parte, manifiestamente inadmisible y, en parte, manifiestamente infundado. |
2) |
| Pracsis SPRL y Conceptexpo Project cargarán con sus propias costas. |