(Asunto T‑371/17
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑371/17

Fecha: 09-Abr-2019





Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 9 de abril de 2019 — Qualcomm y Qualcomm Europe/Comisión

(Asunto T371/17)

«Competencia— Mercado de juegos de chips de banda base utilizados en dispositivos electrónicos de consumo— Procedimiento administrativo— Artículo 18, apartado 3, y artículo 24, apartado 1, letrad), del Reglamento (CE) n.º1/2003— Decisión de requerimiento de información— Obligación de motivación— Carácter necesario de la información solicitada— Proporcionalidad— Carga de la prueba— Principio de prohibición de la autoincriminación— Principio de buena administración»

1.Procedimiento judicial— Presentación de pruebas— Plazo— Presentación extemporánea de la proposición de prueba— Requisitos

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.85, aps.1y2)

(véanse los apartados 26 y27)

2.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Indicación de las bases jurídicas y del objeto de la solicitud— Alcance— Incumplimiento de la obligación de motivación— Inexistencia

[Art.102TFUE; Acuerdo EEE, art.54; Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18, ap.3]

(véanse los apartados 37 a56)

3.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Indicación de las bases jurídicas y del objeto de la solicitud— Exigencia de un vínculo de necesidad entre la información solicitada y la infracción investigada— Margen de apreciación de la Comisión— Control jurisdiccional— Alcance

[Art.102TFUE; Acuerdo EEE, art.54; Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18, ap.3]

(véanse los apartados 60 a 62, 99 y118)

4.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Momento en el que la Comisión puede proceder al envío de dichas solicitudes— Momento sucesivo al envío del pliego de cargos— Circunstancia que no cuestiona el carácter necesario de la información solicitada

[Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18, aps.2y3]

(véanse los apartados 68 a 76, 79, 101 y103)

5.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Facultades de la Comisión— Límite— Respeto del principio de proporcionalidad— Carga de trabajo importante asignada a la empresa— Apreciación del carácter proporcional

[Art.102TFUE; Acuerdo EEE, art.54; Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18, ap.3]

(véanse los apartados 119 a128)

6.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Facultades de la Comisión— Facultad de presentar una solicitud que implique la formalización de los datos solicitados— Límites

[Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18, ap.3]

(véase el apartado131)

7.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Deber general de prudencia que recae sobre las empresas o asociaciones de empresas— Obligación de velar por la buena conservación de los datos que permitan reconstruir su actividad

[Reglamento (CE) n.º1/2003, art.18, ap.3]

(véase el apartado136)

8.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Facultades de la Comisión— Límite— Respeto del principio de proporcionalidad— Solicitud de la información que ya se encuentra en poder de la Comisión— Violación de dicho principio— Solicitud dirigida a obtener aclaraciones con respecto a información facilitada anteriormente— Procedencia

[Reglamento (CE) n.º1/2003, art.18, ap.3]

(véanse los apartados 138 a141)

9.Recurso de anulación— Actos recurribles— Concepto— Actos que producen efectos jurídicos obligatorios— Decisión por la que se impone una multa coercitiva y decisión por la que se fija definitivamente su importe— Distinción

[Reglamento n.º17 del Consejo, art.16, y Reglamento n.º1/2003 del Consejo, arts.18, ap.3, y 24, aps.1y2]

(véanse los apartados 153 a159)

10.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Facultades de la Comisión— Límite— Respeto del principio de proporcionalidad— Plazo de respuesta fijado a la empresa— Apreciación del carácter proporcionado

[Reglamento (CE) n.º1/2003, art.18, ap.3]

(véanse los apartados 162 a165)

11.Competencia— Procedimiento administrativo— Solicitud de información— Derecho de defensa— Derecho absoluto a guardar silencio— Inexistencia— Derecho a negarse a dar una respuesta que implique reconocer una infracción— Preguntas mediante las que se invita a una empresa a facilitar información sobre hechos de los que tenga conocimiento y que puedan utilizarse para determinar la existencia de un comportamiento anticompetitivo

[Art.102TFUE; Acuerdo EEE, art.54; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.48, ap.2; Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, art.18]

(véanse los apartados 179 a 185, 188 y191)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2017) 2258 final de la Comisión, de 31 de marzo de 2017, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 18, apartado 3, y del artículo 24, apartado 1, letrad), del Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo [asunto AT.39711 — Qualcomm (precios predatorios)].

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Qualcomm. Inc. y a Qualcomm Europe, Inc. a cargar con las costas, incluidas las relativas al procedimiento de medidas provisionales.

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