(Asunto C-705/19 Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 23 de septiembre de 2019 — Axpo TradingAg / Gestore dei Servizi EnergeticiSpA— GSE
Fecha: 23-Sep-2019
Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 23 de septiembre de 2019 — Axpo TradingAg / Gestore dei Servizi EnergeticiSpA— GSE
(Asunto C-705/19)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Axpo TradingAg
Recurrida: Gestore dei Servizi Energetici SpA –GSE
Cuestión prejudicial
¿Se oponen:
el artículo 18TFUE, en tanto en cuanto prohíbe toda discriminación por razón de la nacionalidad en el ámbito de aplicación de los Tratados;
los artículos 28TFUE y 30TFUE, así como el artículo 6 del Acuerdo de libre cambio entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza, en tanto en cuanto establecen la supresión de los derechos de aduana de importación y las medidas de efecto equivalente;
el artículo 110TFUE, en tanto en cuanto prohíbe la aplicación de tributos a las importaciones superiores a los que graven directa o indirectamente los productos nacionales similares;
el artículo 34TFUE y el artículo 13 del Acuerdo de libre cambio entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza, en la medida en que prohíben la adopción de medidas de efecto equivalente a restricciones cuantitativas a las importaciones;
los artículos 107TFUE y 108TFUE, en tanto en cuanto prohíben ejecutar una medida de ayuda de Estado que no haya sido notificada a la Comisión y que resulte incompatible con el mercado interior;
la Directiva 2009/28/CE,1 en tanto en cuanto fija como objetivo favorecer el comercio intracomunitario de electricidad verde promoviendo, asimismo, la capacidad productiva de cada Estado miembro,
a una ley nacional como la anteriormente descrita, que impone a los importadores de electricidad verde una carga económica que no resulta de aplicación a los productores nacionales del mismo producto?