Auto del Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) de 16 de septiembre de 2019 — Primed Halberstadt Medizintechnik/Prim
(Asunto C‑421/19P)
«Recurso de casación— Marca de la Unión Europea— Artículo 170ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de una cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Inadmisión a trámite del recurso de casación»
1.Procedimiento judicial— Admisibilidad de los recursos— Apreciación en relación con la situación que existía en el momento en que se presentó el escrito de demanda— Entrada en vigor del régimen de previa admisión a trámite de los recursos de casación durante el plazo de recurso— Aplicabilidad al recurso de casación interpuesto con posterioridad a la entrada en vigor
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis)
(véanse los apartados 8 a10)
2.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión— Inadmisión
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170ter)
(véanse los apartados 12 a15)
Fallo
1) |
| No admitir a trámite el recurso de casación. |
2) |
| Primed Halberstadt Medizintechnik GmbH cargará con sus propias costas. |