(Asunto C-29/20 Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Köln (Alemania) el 23 de enero de 2020 — Biofa AG / Sikma D.Vertriebs GmbH und Co.KG
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-29/20 Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Köln (Alemania) el 23 de enero de 2020 — Biofa AG / Sikma D.Vertriebs GmbH und Co.KG

Fecha: 23-Ene-2020

Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Köln (Alemania) el 23 de enero de 2020 — Biofa AG / Sikma D.Vertriebs GmbH und Co.KG

(Asunto C-29/20)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

OberlandesgerichtKöln

Partes en el procedimiento principal

Demandante: BiofaAG

Demandada: Sikma D.Vertriebs GmbH und Co.KG

Cuestión prejudicial

¿Se establece con la aprobación de una sustancia activa por un reglamento de ejecución en virtud del artículo 9, apartado 1, letraa), del Reglamento (UE) n.º528/2012,1 de manera vinculante para un procedimiento judicial nacional, que la sustancia objeto de la aprobación está destinada a producir efectos por cualquier medio que no sea una mera acción física o mecánica en el sentido del artículo 3, apartado 1, letraa), de dicho Reglamento, o incumbe al órgano jurisdiccional nacional que conoce del asunto efectuar las apreciaciones de hecho necesarias para determinar si se cumplen los supuestos de hecho del artículo 3, apartado 1, letraa), del Reglamento (UE) n.º528/2012 aun después de haberse adoptado el reglamento de ejecución?

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1 Reglamento (UE) n.º528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (DO 2012, L167, p.1).
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